La cancelación o sustitución de inversiones extranjeras en Colombia o de inversiones colombianas en el exterior es un proceso regulado que demanda el cumplimiento de ciertos requisitos y procedimientos establecidos.
La cancelación de una inversión se refiere a la disminución o liquidación total o parcial de una inversión previamente registrada ante el Banco de la República. Es importante destacar que este procedimiento solo procede cuando existe un registro previo de la inversión a cancelar y cuando, por acto o hecho jurídico, el inversionista deja de ser titular de dicha inversión.
La sustitución de inversión extranjera implica el cambio en uno de los siguientes aspectos de una inversión directa de capital del exterior previamente registrada: los titulares de la inversión, la destinación de la inversión o la empresa receptora de la inversión. Este proceso conlleva la cancelación parcial o total del registro inicial y la creación de un nuevo registro.
Los trámites de cancelación y sustitución deben realizarse a través del Sistema de Información Cambiaria del Banco de la República y deben ser adelantados por los inversionistas, sus apoderados o representantes legales de las empresas receptoras.
El plazo establecido para tramitar la cancelación o sustitución es de 6 meses contados a partir de la fecha de la operación.
En Hub Legal comprendemos lo crucial que es cumplir con los requisitos y procedimientos aplicables en este tipo de operaciones. Por eso, ofrecemos asesoría legal especializada en regulación cambiaria para guiarte y acompañarte en todo el proceso.
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