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Alerta cambiaria: DIAN aclara el alcance del reemplazo de archivos XML en la información exógena cambiaria

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Alerta cambiaria: DIAN aclara el alcance del reemplazo de archivos XML en la información exógena cambiaria

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió el Concepto 003863 de 2026, mediante el cual precisó el tratamiento aplicable al reemplazo de archivos XML relacionados con la información exógena cambiaria y su incidencia frente a la infracción por envío extemporáneo prevista en el numeral 31 del artículo 3 del Decreto Ley 2245 de 2011.

El pronunciamiento responde a una consulta sobre si un archivo XML presentado como Concepto 02 – Reemplazo, después del vencimiento del plazo para transmitir la información exógena cambiaria, pero antes del inicio de una actuación administrativa, elimina la configuración de la infracción por envío extemporáneo.

El reemplazo de archivos XML constituye un mecanismo de corrección

La DIAN concluyó que el reemplazo de archivos XML constituye un mecanismo para corregir la información previamente transmitida al Sistema de Información Cambiaria y, por regla general, no configura la infracción por envío extemporáneo cuando se realiza antes de la notificación del acto de formulación de cargos.

No obstante, la entidad precisó que la facultad de corregir información no debe confundirse con el cumplimiento oportuno de la obligación formal de presentar la información dentro de los plazos establecidos por la normativa cambiaria.

La corrección tiene límites

El Concepto 003863 de 2026 señala que el reemplazo de archivos XML no elimina la infracción por envío extemporáneo cuando:

• El reemplazo incorpora operaciones nuevas que debieron reportarse en el envío inicial.

• El reemplazo corrige reportes solicitados específicamente por la autoridad cambiaria.

En estos eventos, la infracción puede configurarse aun cuando la corrección se realice antes de la notificación del acto de formulación de cargos.

Corrección y cumplimiento oportuno son obligaciones diferentes

Uno de los principales aportes del concepto consiste en diferenciar dos obligaciones que con frecuencia se confunden en la práctica.

La primera corresponde al deber de transmitir la información exógena cambiaria dentro del plazo previsto por la DIAN.

La segunda corresponde a la posibilidad de corregir posteriormente la información transmitida mediante el mecanismo de reemplazo de archivos XML.

Para la DIAN, la posibilidad de corregir información no sustituye el cumplimiento oportuno de la obligación formal de reporte.

¿Qué implica este pronunciamiento?

Este concepto refuerza la necesidad de implementar controles que permitan garantizar no solo la calidad de la información reportada, sino también su transmisión dentro de los plazos establecidos por la normativa cambiaria.

Las entidades obligadas deberían verificar previamente que los archivos transmitidos correspondan a la totalidad de las operaciones reportables, de manera que los reemplazos posteriores se limiten a corregir información previamente enviada y no a incorporar operaciones omitidas.