Las sucursales de sociedades extranjeras pertenecientes al régimen cambiario especial de hidrocarburos y minería deberán realizar, a más tardar el próximo 30 de junio de 2026, la actualización anual de las cuentas patrimoniales correspondientes a la inversión de capital del exterior registrada ante el Banco de la República.
De conformidad con la regulación cambiaria aplicable, esta obligación se cumple mediante la transmisión electrónica de la Conciliación Patrimonial – Régimen Especial a través del Sistema de Información Cambiaria, utilizando como base la información financiera correspondiente al cierre contable del 31 de diciembre del año anterior.
¿Quiénes deben cumplir esta obligación?
La actualización aplica a las sucursales de sociedades extranjeras sujetas al régimen cambiario especial de hidrocarburos y minería que mantienen registros de inversión extranjera ante el Banco de la República.
El objetivo de este reporte es mantener actualizada la información patrimonial asociada a la inversión de capital del exterior y garantizar la consistencia de los registros cambiarios.
¿Cuál es el plazo para realizar la actualización?
La normativa establece un plazo de seis (6) meses contados a partir del cierre del ejercicio contable para efectuar la actualización de las cuentas patrimoniales.
Por esta razón, la información correspondiente al cierre del ejercicio 2025 deberá ser reportada a más tardar el 30 de junio de 2026.
Aspectos a considerar sobre la inversión suplementaria al capital asignado
Aunque la información relacionada con las cuentas de inversión suplementaria al capital asignado no cuenta con un plazo específico para su presentación, resulta recomendable reportarla dentro del mismo término previsto para la conciliación patrimonial.
Esta práctica permite mantener coherencia entre la información financiera de la sucursal y los registros cambiarios administrados por el Banco de la República, además de facilitar la actualización integral de la inversión extranjera.
Importancia de la actualización de las cuentas patrimoniales
La actualización periódica de esta información permite mantener vigente y consistente el registro de la inversión extranjera ante el Banco de la República.
Adicionalmente, contribuye a que la información reportada refleje adecuadamente la situación patrimonial de la sucursal y facilite la atención de eventuales revisiones o requerimientos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones cambiarias.
Recomendaciones para las sucursales obligadas
Antes del vencimiento del plazo, resulta conveniente:
- Revisar la conciliación de las cuentas patrimoniales objeto de reporte.
- Validar la información financiera utilizada como soporte de la actualización.
- Verificar la consistencia entre los registros contables y la información cambiaria previamente reportada.
- Confirmar la correcta transmisión de la información a través del Sistema de Información Cambiaria.
Una revisión anticipada puede facilitar el cumplimiento oportuno de esta obligación y reducir la necesidad de ajustes posteriores.
¿Requiere acompañamiento?
En caso de requerir asesoría relacionada con la actualización de inversiones extranjeras, conciliaciones patrimoniales o reportes ante el Banco de la República, puede contactar a nuestro equipo en:
Óscar Andrés Torres
Socio Director – HUB Legal Advisors
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